Ciudad de México.— La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que hoy, 24 de febrero de 2023, continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) y sus medidas, con el fin de proteger la salud de la población ante la exposición a niveles altos de contaminación.
📄#ComunicadoCAMe
Se activa contingencia ambiental atmosférica por ozono en la #ZMVM, debido a una concentración máxima de #ozono de 155 ppb en la estación de monitoreo Ajusco Medio, Alcaldía Tlalpan.
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Se recuerda a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire y evitar hacer ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas.
El Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México informa que la circulación anticiclónica persistirá en el centro del país y la masa de aire que la acompaña tiene bajo contenido de humedad, por lo que el cielo estará mayormente despejado durante el día. El viento presentará intensidad baja a moderada, de 4 a 7 km/h, hasta las 16:00 horas y oscilará de 7 a 13 km/h en las horas siguientes.
La combinación de la estabilidad atmosférica, propia del sistema de alta presión y la radiación solar que estará presente durante el día, favorecerán el estancamiento de los contaminantes y la formación de ozono, ocasionando calidad del aire de Mala a Muy Mala.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis estará atenta a la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la ZMVM.
📌#MantenteInformado
El #HoyNoCircula por Contingencia Ambiental Fase I en la #ZMVM para el viernes 24 febrero 2023, es para los 🚙:
✅Holograma 00 y 0 con terminación 9 y 0
✅Holograma 1 con terminación 0, 2, 4, 6, 8 y 9
✅Holograma 2, todos
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Restricciones a la circulación en el Sector Transporte
Mañana viernes 24 de febrero, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 8 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0 .
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
- Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a), b), y c) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones
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- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso excepto los vehículos con engomado color azul, terminación de placa 9 y 0.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I.
Restricciones de la Industria federal y local
- Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40% de sus emisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas de COV.
- La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75% de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.
- Reducción del 30% del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.
Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales. - Restricciones en ServiciosSuspender las actividades que generen emisiones fugitivas al aire por uso de solventes y recubrimientos en los comercios y servicios (ejemplo uso de thinner, aguarrás, pintura, laca, barniz, tinta u otro tipo de recubrimiento base solvente)
- Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.
- Suspender actividades en el 20% de las estaciones de carburación, excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 3.
- Suspender actividades en el 20% de las plantas de distribución de gas L.P., excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible, llenado de autotanques y llenado de cilindros, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 3.
- Suspender las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de GLP y petrolíferos
- Suspender la operación de las estaciones de servicio (gasolineras) en un 20%, excepto las que cuenten con el sistema de recuperación de vapores con una eficiencia mínima del 90%, conforme al último dictamen de operación vigente y a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 3.
- Reducir en un 50% la operación de las calderas que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono en los comercios y servicios, con excepción de hospitales