Las Comisiones Unidas de Gobernación y Estudios Legislativos del Senado, aprobaron la abrogación de la Ley General de Población de 1974 y la expedición de una nueva ley en la materia, con lo que se da luz verde a la Clave Única de Registro de Población (CURP) con fotografía.
Con una votación de 15 a favor y 12 en contra se aprobó el dictamen correspondiente; Dentro de las novedades en relación con el tema, este será supervisado por la Secretaria de Gobernación.
Dentro de las modificaciones que se incorporan al Registro Nacional de Población, vemos los siguientes puntos:
Artículo 69.- El Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición de la CURP con fotos son servicios de interés público que presta el Estado a través de la Secretaría.
Artículo 70.- Las y los ciudadanos mexicanos tienen la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener CURP con foto. El Registro Nacional de Ciudadanos contará con el apoyo de un comité técnico consultivo en los términos que establezca el reglamento
Artículo 75.- Una vez cumplidos los requisitos establecidos, la Secretaría deberá expedir y poner a disposición del ciudadano la respectiva CURP con foto
Recordemos que La CURP con foto es un documento oficial de identificación que hace prueba plena sobre los datos de identidad que contiene en relación con su titular, y este contiene los siguientes datos, Nombre y apellidos, Clave Única de Registro de Población, fotografía del titular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento y firma y huellas dactilares. Y este corresponde a la persona titular de la CURP
Este martes se presentará ante el Pleno del Senado de la República para su discusión y votación.